
Se mencionan a continuación sólo algunos de los puntos relevantes del histórico Acuerdo de Asociación entre el Mercosur y la Unión Europea (UE), al momento del término de las negociaciones el pasado 28 de junio de 2019 .
Las concesiones del Acuerdo reflejan las asimetrías de tamaño de las economías de ambos bloques. En ese sentido, la Unión Europea otorga concesiones al Mercosur que serán efectivizadas en un período de tiempo más breve que las que el Mercosur concede a la U.E. Asimismo, la oferta final del Mercosur contempla una menor cantidad de bienes y una menor cobertura del comercio que la de la UE.
- La oferta de bienes del Mercosur a la UE cubre el 91% del comercio birregional, mientras que la oferta de la UE abarca el 99.7% de dicho comercio.
- En particular, Mercosur desgravará el 72% del comercio en 10 años o menos, mientras que la UE hará lo propio con el 92% del comercio.
- Ambos bloques recurrirán a la concesión de acceso a través de cuotas para sus productos más sensibles: carnes, arroz, azúcar, etanol, miel en el caso de la UE y lácteos en el caso del Mercosur.
Productos que se beneficiarán de acceso libre de aranceles al mercado europeo
El 70% de los aranceles de la Unión Europea será eliminado en forma inmediata, una vez que el acuerdo entre en vigor. Entre los productos de interés exportador uruguayo que se encuentran en dicha situación pueden mencionarse los productos de la pesca, cueros, menudencias, grasas y despojos comestibles de la especie bovina, manzanas, peras, cerezas y ciruelas, legumbres, frutos secos y pasas de uva, bebidas (agua mineral, cervezas y espirituosas) y harina y porotos de soja, entre otros.
Los restantes aranceles serán desgravados en períodos de 3, 7 y 10 años (“canastas de desgravación”). Ejemplos de productos de interés que serán desgravados en esas canastas son: lana, hortalizas, plantas y tubérculos alimenticios, cítricos, arándanos, arroz partido, alimento para mascotas, aceites vegetales, preparaciones alimenticias, mermeladas, jaleas y otras preparaciones en base a frutas, hortalizas en conserva .
Beneficios generales del Acuerdo
Bienes: la UE elimina los aranceles para el 92% de las exportaciones del Mercosur y otorga acceso preferencial para otro 7,5% (cuotas y otras modalidades de acceso que no implican eliminación total de aranceles). Menos del 1% quedó excluido.
En contrapartida, el Mercosur eliminará aranceles para el 91% de las importaciones desde la UE y dejará excluido un 9% de productos sensibles de nuestro bloque.
Servicios: la UE es el primer importador mundial de servicios, por valores que superan los €800.000 millones anuales. Los países exportadores de servicios basados en conocimiento se beneficiarán con la remoción de la mayoría de las barreras existentes y podrán competir en igualdad de condiciones en el mercado europeo.
Prevé plazos de adaptación para las empresas del Mercosur : el acuerdo prevé plazos extensos y previsibles para la desgravación arancelaria para contemplar las sensibilidades de nuestros productores.
Adicionalmente, la Unión Europea se compromete a eliminar sus aranceles a las importaciones más rápido que el Mercosur:
- El 76% de las importaciones de la UE provenientes del Mercosur verán eliminados sus aranceles de manera inmediata y el resto se liberalizará en 4, 7 y 10 años
- La desgravación inmediata del Mercosur sólo alcanza al 13% del comercio y el resto se reparte en plazos de 4, 8, 10 y 15 años. Aproximadamente el 60% de las importaciones desde la UE se encuentran en plazos de 10 o 15 años .
Los plazos de desgravación mayores a 10 años (límite sugerido por la normativa de la OMC para acuerdos de libre comercio regionales), la desgravación más lenta y el mayor porcentaje de comercio excluido del acuerdo por parte del Mercosur son el resultado un “trato especial y diferenciado” que reconoce la diferencia del grado de desarrollo de las economías.
Bienes agrícolas
Gracias al acuerdo, la UE liberalizará el 99% de su comercio agrícola con el Mercosur.
La liberalización del mercado se producirá a través de la eliminación de los aranceles de importación (que llegarán al 0%) del 84% de nuestras exportaciones, y el 15,5% restante, a través de cuotas o preferencias fijas.
El Mercosur por su parte liberaliza el 88% de su comercio agrícola con la UE. En algunos casos el Mercosur ofrecen contingentes arancelarios (leche en polvo, quesos y ajos), donde la apertura está limitada al volumen ofrecido.
Cabe destacar que el Mercosur ha logrado importantes mejoras a través de esta negociación:
A. Productos cuyo arancel estarán en 0% a la entrada en vigor del Acuerdo:
- Harina de soja y poroto de soja, aceites para uso industrial (soja, girasol, maíz), despojos comestibles de especie bovina, porcina, ovina,otros productos de origen animal (menudencias, grasas, semen bovino),manzanas, peras, duraznos, cerezas, ciruelas, legumbres, frutos secos, pasas de uvas, uvas de mesa, maní, infusiones (café, mate y té), especias, bebidas (agua mineral, cervezas, espirituosas), productos de la pesca: merluza, vieiras y calamares
B. Productos que entran en canasta de desgravación, en canasta de 4 a 10 años:
Productos de la pesca y conservas de pescado, hortalizas, plantas y tubérculos alimenticios, frutas cítricas (limones, naranjas y mandarinas), frutas finas (arándanos, frutillas), harina de maíz, almidón, arroz partido, aceites vegetales (soja, girasol y maíz), biodiesel, preparaciones alimenticias y pastas, golosinas, mermeladas, jaleas y otras preparaciones en base a frutas, hortalizas en conserva, helados, alimento para mascotas .
Cuotas de exportación
Los contingentes arancelarios para carne bovina, maíz, arroz, carne aviar y etanol son los más grandes jamás otorgados por la UE a ningún socio comercial. La UE ofreció: 99.000 tn de carne vacuna, 180.000 tn de carne aviar, 1.000.000 tn de maíz y 650.000 tn de etanol. Estos volúmenes no serán afectados en el caso de un retiro del Reino Unido de la Unión Europea.
Bienes industriales
El 100% de las exportaciones del Mercosur ingresarán a la Unión Europea sin pagar aranceles de importación mientras que en el caso europeo sólo el 90% ingresarán sin aranceles.
En el caso del Mercosur, ciertos sectores sensibles como algunos calzados, muebles y los vehículos alcanzarán la liberalización total a los 15 años y la mayoría de las autopartes en 15 o 10 años, de acuerdo con su grado de sensibilidad.
En relación con los automóviles, los aranceles de importación del Mercosur serán eliminados en un plazo de 15 años. Sin embargo, durante los primeros 7 años no se iniciará la disminución de aranceles. Adicionalmente, durante este período, regirá un arancel del 50% del arancel actual (35%) para una cuota de 50.000 unidades para todo el Mercosur, repartido de acuerdo a sus importaciones históricas.
Con respecto a la industria textil, se acordaron condiciones específicas: los sectores privados de ambas regiones convinieron una desgravación en un plazo de 8 años, salvo excepciones, como así también reglas de origen específicas. Por otra parte, para el sector de calzado se estableció un proceso de desgravación en 15 años o excluido con reglas de origen que determinan que por debajo de € 35 por unidad el producto debe estar enteramente fabricado en la región, mientras que por encima de dicho valor se permiten importaciones de algunas partes extra zona.
Regímenes de Zonas Francas y Admisión Temporaria
El Acuerdo mantiene los regímenes especiales mencionados, configurando un logro sin antecedentes en las negociaciones de acuerdos comerciales de la UE . En suma, beneficia sustantivamente al sector productivo uruguayo .
Tasa Consular
El Acuerdo establece la eliminación del cobro de la Tasa Consular uruguaya y de la Tasa Estadística argentina, luego de un período de gracia de tres años contados a partir de la entrada en vigor.
Propiedad Intelectual
Régimen de Marcas : en principio las disposiciones del Acuerdo ya son de aplicación en Uruguay, por lo que no deberían introducirse modificaciones a la normativa vigente .
Diseños industriales : las previsiones contenidas en el Acuerdo sobre el registro y protección de marcas no requerirían modificaciones al sistema jurídico nacional.
Régimen de Patentes : el Acuerdo no implica aumentar los niveles de protección en materia de extensión de patentes y protección de datos de prueba . En esta materia, la UE aspiraba a alcanzar el mismo nivel de protección que ha incluido en todos su Acuerdos hasta la fecha, lo que no fue posible gracias a la fuerte oposición de los cuatro Estados Parte del Mercosur .
Ello habría afectado en primer lugar a los datos presentados para obtener una autorización sanitaria ante MGAP (agroquímicos) o MSP (farmacéuticos), evitando que solicitudes posteriores se basen en dicha información para obtener autorizaciones que permitan producir genéricos. Asimismo, la UE pretendía que las demoras en la obtención de esas autorizaciones sanitarias fueran compensadas con una extensión complementaria del plazo de vigencia de la patente .
No se expondrá inmediatamente la industria local a la competencia europea
Los plazos de desgravación arancelaria asimétricos, sumados al tiempo que demorará el Acuerdo para entrar en vigor, permitirán a los gobiernos y al sector privado seguir avanzando con las reformas competitivas para mejorar la estructura productiva y adaptar así a la industria a los nuevos estándares de competitividad. El 60 % de la oferta del Mercosur se desgravará en un plazo de 10 años o más : un porcentaje muy relevante si se considera que otros países con acuerdos con la UE lograron plazos más breves para la mayoría de los productos .
No implica importar sin arancel bienes no producidos en el Mercosur o en la UE ( triangulación)
El Acuerdo establece reglas de origen precisas que deben cumplir los bienes para ser beneficiados por las preferencias arancelarias establecidas . El objetivo de estas reglas es evitar las triangulaciones y asegurar condiciones equitativas de acceso a los productos originarios del Mercosur.
Asimismo, promueve la utilización de cadenas productivas con insumos regionales y garantiza que sólo los bienes producidos en la UE gocen de acceso preferencial al Mercosur.
El Mercosur y la UE han acordado normas de origen que facilitan el intercambio y promueven la creación de comercio y la integración regional, teniendo en cuenta los patrones de producción y las realidades de abastecimiento en ambos bloques.
Entrada en vigencia
De acuerdo a manifestaciones de los Gobiernos de Uruguay y Argentina, se estima que el plazo de implementación del Acuerdo, que incluye la revisión legal del mismo por ambos bloques, las múltiples traducciones, la firma del Acuerdo y la aprobación del mismo en cada uno de los Parlamentos de los países signatarios, insumirá –aproximadamente- dos años .
Se aguarda definición en torno al mecanismo de puesta en marcha del Acuerdo : si será de bloque a bloque (Mercosur-UE) o de bloque a cada país signatario (Mercosur-pais X UE ; país X Mercosur-UE) .
Informe elaborado en base a documentos oficiales de los Ministerios de Relaciones Exteriores de Uruguay, Argentina
e informe sumario de la Unión Europea : en ningún caso deben considerarse textos con valor legal.
A partir del próximo 21 de julio de 2019, entrará en vigencia la Decisión 33/15 del Consejo de Mercado Común (CMC) del Mercosur que regula el tratamiento aplicable a las mercaderías originarias de los Estados parte del bloque que transiten por zonas francas .
La citada Decisión expresa que la mercadería con origen en un Estado parte del Mercosur –o de un tercer país con las mismas reglas de origen con un acuerdo con el Mercosur- mantendrá su carácter originario cuando transite por un área aduanera especial, una zona de procesamiento de exportaciones o una zona franca, siempre que dichas áreas se encuentren bajo control aduanero .
Uruguay, a través del Decreto 56/016 de fecha 26 de febrero de 2016, publicado en el Diario Oficial el 17 de marzo de 2016, incorporó en su ordenamiento jurídico nacional dicha Resolución, al igual que Argentina y Brasil, siendo Paraguay el último país en comunicarlo a la Secretaría del Mercosur el pasado 19 de junio de 2019 .
Esto conlleva un importante cambio ya que configura un nuevo beneficio a los usuarios del régimen de Zonas Francas a través de los múltiples acuerdos comerciales suscritos por el país como miembro pleno del Mercosur .
En estos días se están manteniendo diversas reuniones para definir aspectos técnicos vinculados a la implementación de la citada Resolución entre diversos organismos involucrados .
Resolución CMC 33-15: Haga click aqui.
Decreto 56/16: Haga click aqui.
Recordamos a los usuarios del sistema considerar –entre otros- los siguientes aspectos :
Se recomienda especialmente chequear con vuestros asesores en materia contable el calendario de los distintos vencimientos ante AZF y DGI .
Adjuntamos a la presente normativa vigente :
Ley nro. 19.566 : Actualiza el Regimen de ZF, basado en la ley 15.921. Haga click aqui.
Decreto 309/18 : Reglamenta la Ley 19.566 (promulgado 27/09/18, publicado en Diario Oficial el 05/10/18). Haga click aqui.
Decreto 405/18 : Modifica el Decreto 309/18 en la redacción de algunos artículos y literales relativos a los contratos de usuarios de Zonas Francas. Haga click aqui.
Grupo Calvelo participa del Proyecto de Mapeo y Sistematizacion de Procesos de Comercio Exterior, en esta oportunidad para identificar problemas en el proceso de exportacion maritima. Publicado en Semanario Cronicas Link
Tarifa vigente año 2018. Link
Tarifa vigente año 2018 .Link
Modificación de la base imponible . Año 2018. Archivo con la información actualizada aquí
A partir del 1º de enero de 2018 entrará en vigencia el art.265 de la Ley 19.535 (Ley de Presupuesto) con las nuevas alícuotas de la Tasa Consular.
Acceso al documento normativo aquí